que porcentaje de iva se aplica a las cervezas

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público confirmó que la cerveza va a subir de precio este 2017, va a tener un impuesto medio de $339,diez por cada unidad de 300 centímetros cúbicos, según la Ley 1393 de 2010 · suma el IVA del 19%. El incremento total fue del 6,65% sobre los 317,95 dólares estadounidenses de 2016. La cerveza quedó excluida de la Ley de Licores, que aplica un gravamen según el nivel de alcohol de cada bebida. Los impuestos a la cerveza se aplican, examinan y comprueban cada seis meses. Los sifones asimismo tienen impuesto de 288,32 dólares americanos por cada unidad de 300 centímetros cúbicos. El resto licores van a pagar $200 pesos por nivel de alcohol, salvo el vino que va a pagar $150 por igual medida.

¿De qué forma aplican los impuestos a tus bebidas alcohólicas?

A tu bebida se le añade el 16 por ciento de IVA, además de esto se le aplica el impuesto particular sobre producción y servicios (IEPS), este es dependiente de la app de según el producto y tratándose de bebidas alcohólicas que tienen hasta 14 grados de alcohol se les aplica el 26.5 por ciento. Tratándose de una cerveza Victoria que tiene 4 grados, conque ese porcentaje le aplica.

Al utilizar los porcentajes nombrados, el valor que es incrementado en la bebida es de 5.79 pesos, al tiempo que de IEPS son 7.58, conque sin los dos impuestos, el valor de la cerveza de a litro tiene un precio de 28.

cerveza

63 pesos, esto quiere decir que sale 13.3 pesos mucho más económica.

Cerveza de producción nacional

Desde marzo 1 de 2019, el IVA del 19 % por el momento no solo va a deber cobrarse por la parte del productor sino más bien asimismo por los mercaderes mayoristas o minoristas que se encarguen de revender este producto.

Por consiguiente, los mercaderes comprometidos en la cadena asimismo se transforman en causantes del IVA por la venta del producto, lo que quiere decir que en el momento en que revengan estos recursos por el momento no los van a poder dar como recursos excluidos sino más bien como a recursos grabados. Además de esto, en el momento en que no logren formar parte al régimen hecho más simple del IVA, régimen que en este momento cambia de nombre para ser llamado “no causantes del IVA”, deberán revenderlo agregando el valor respectivo del IVA con la cuota del 19%. No obstante, no hay duda de que en un caso así el IVA que les cobre el productor por el momento no se proseguirá tomando como un mayor coste de la adquisición, sino como un IVA descontable.

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Referencias

  • https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740
  • ) http://novedades.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l38-1992.html

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